Coberturas
- Empleado que sea despedido con responsabilidad patronal
- Empleado copropietario en caso de que el negocio donde laboraba dejase de operar por quiebra
- Empleado si ha estado trabajando para un mismo patrono bajo un contrato de tiempo definido y el mismo es rescindido por el patrono anticipadamente
Monto Asegurado
El monto asegurado será el equivalente a la cuota mensual del crédito por la cantidad de meses de cobertura (máximo 10 meses), la cual será pagada en tractos, según la cantidad de meses en que el Asegurado esté desempleado, hasta cumplir el máximo de meses, una vez superado el deducible.
CondicionesRequisitos:
Para optar por este beneficio usted debe:
- Ser persona física deudora de Coocique.
- Residir permanentemente en el territorio costarricense.
- Contar con al menos dieciocho (18) años de edad.
- No encontarse tramitando una solicitud de jubilación o se encuentre jubilado.
- Estar empleado continuamente al menos por un periodo de seis (6) meses antes de ser incluido en la póliza* *Aplica para empleado permanente, copropietario o por tiempo definido.
- Cotizar a la Caja Costarricense de Seguro Social (C.C.S.S.) durante la vigencia de esta póliza en calidad de trabajador asalariado.
En caso de ser extranjero usted debe aportar:
- Residente Permanente: Copia de la Cédula de Residencia.
- Residente Temporal y Residente en el exterior: Fotocopia cédula residencia emitida por Dirección General de Migración y Extranjería, o fotocopia de pasaporte.
¿Cómo solicito mi Seguro de Protección Crediticia contra Desempleo en Coocique?
Para adquirir tu seguro acércate a tu sucursal Coocique de preferencia y lleva contigo los siguientes documentos:
- Carta de despido original y copia (Que indique que el despido fue con responsabilidad Patronal)
- Estudio de cuotas emitidas por la Caja Costarricense del Seguro Social (C.C.S.S), donde se indique que el asegurado ha estado cotizando para para ese régimen, durante los (6) meses anteriores al despido y el cual muestre los patronos con que laboró.
- Fotocopia del documento de identidad vigente del asegurado por ambos lados.
- Declaración del asegurado de que no percibe otras remuneraciones.
Excepciones:
No podrá incluirse en esta póliza aquella persona que:
- Esté desempleada
- Está incapacitado temporalmente, excepto por maternidad
- Está incapacitado total y permanentemente, o se encuentra tramitando una solicitud de pensión por invalidez bajo algún régimen de pensiones
- Cotiza a la Caja Costarricense del Seguro Social (C.C.S.S.) como trabajador independiente
- Está empleado y no cumpla con el requisito de tener al menos seis (6) meses de laborar con el mismo patrono, de igual manera para los interino
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Preguntas FrecuentesTome decisiones
informadas
Aquí le contamos más:
¿Qué es el deducible?
Es el importe equivalente a un (1) mes de la cuota mensual del crédito, a partir del mes del desempleo o de la finalización del preaviso en caso de existir, luego del cual, el asociado empezará a recibir la indemnización.
¿Qué es el beneficiario?
Persona jurídica en cuyo favor se ha establecido lícitamente la indemnización o prestación a la que se obliga el asegurador
¿Quién es un empleado copropietario?
Es un empleado y propietario de la empresa para la cual labora y que se encuentra asegurado en la Caja Costarricense del Seguro Social por parte del patrono
¿Quién es un empleado por tiempo definido?
Es la persona que está empleada bajo un contrato de plazo fijo cuya duración es como mínimo de seis (6) meses consecutivos y que se encuentra asegurado en la Caja Costarricense del Seguro Social por parte del patrono
¿Qué es un empleo permanente?
Es cuando el trabajo se rige por un contrato laboral que no tiene fecha de finalización
¿Qué es Período de Carencia?
Período de tiempo con posterioridad a la fecha de inclusión del Asegurado a la póliza durante el cual no se amparará la reclamación
Otras condiciones : Ver condiciones generales